Nuevas Reglas para las Viviendas en Cuba: Propiedad, Arrendamiento o Usufructo

Nuevas Reglas para las Viviendas en Cuba: Propiedad,...

jueves, 5 de febrero de 2026

En pocas palabras

Cuba ha publicado nuevas normativas que redefinen la tenencia de viviendas estatales. Ahora se podrá acceder a ellas por propiedad, arrendamiento o usufructo, priorizando la capacidad de pago y las necesidades.

Más detalles

Qué pasó

La Gaceta Oficial de la República de Cuba ha dado a conocer un nuevo marco normativo que reordena la tenencia de viviendas. Este cambio impacta directamente en cómo los ciudadanos acceden, pagan y usan los inmuebles vinculados al Estado.

La medida, aunque casi imperceptible en los medios, introduce ajustes importantes en un escenario de escasez habitacional y deterioro del parque de viviendas.

Dónde y cuándo

La publicación de estas nuevas reglas tuvo lugar en la edición ordinaria número 15 de la Gaceta Oficial, con fecha del 4 de febrero de 2026. La normativa aplica a los hogares construidos por el Estado y a aquellos que pasen a administración municipal en todo el territorio cubano.

Este escenario de cambio se da en un país donde la vivienda sigue siendo una de las mayores preocupaciones cotidianas.

Por qué es importante

La nueva regulación establece que la forma de tenencia de una vivienda estatal —sea propiedad, arrendamiento o usufructo— dependerá en gran medida de la capacidad económica del beneficiario. Esto marca un giro, poniendo los criterios financieros en el centro del acceso a un techo.

Además, el documento consolida un reordenamiento profundo en el control estatal sobre los inmuebles, lo que afectará la relación jurídica entre los ciudadanos y sus viviendas.

Qué dicen las partes

El Consejo de Ministros aprobó que las viviendas se asignen en propiedad, arrendamiento o usufructo. Para la propiedad, los pagos pueden ser totales o fraccionados, con cuotas mensuales que no superen el 20% de los ingresos y un plazo máximo de 30 años.

Si la capacidad de pago es limitada, la vivienda se ofrecerá en arrendamiento, con una mensualidad equivalente al 10% de los ingresos. Para quienes no puedan asumir ningún pago, el usufructo es la opción, con la posibilidad de cambiar a otra modalidad si la situación económica mejora.

La normativa también permite que los usufructuarios, previa autorización municipal, generen ingresos extras arrendando habitaciones o espacios para el trabajo por cuenta propia. Asimismo, se contempla un subsidio estatal del 50% del valor de la vivienda para aquellos que hayan sufrido derrumbes totales por desastres, evaluado según su situación socioeconómica.

Qué viene ahora

La aplicación de estas nuevas normas será el próximo gran desafío. Los gobiernos municipales tendrán la tarea de supervisar los contratos y el uso de los inmuebles, lo que demandará una gestión cuidadosa.

El Ministerio de la Construcción fijará los valores referenciales de las viviendas para diversificar la oferta según los planes de inversión. Habrá que observar cómo estas disposiciones impactan la dinámica habitacional y la economía de las familias cubanas en los meses venideros.

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Cuba ha publicado nuevas normativas que redefinen la tenencia de viviendas estatales. Ahora se podrá acceder a ellas por propiedad, arrendamiento o usufructo, priorizando la capacidad de pago y las necesidades.
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